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UPyD de Écija, presenta tres escritos sobre los presupuestos municipales 2010.
José
María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el
municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de
notificación en c/. Muralla, 4.
EXPONE: Que con
fecha 6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario
por el que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el
ejercicio 2010.
Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en
el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el
acuerdo de aprobación del Presupuesto General.
1.- Que este
Ayuntamiento tiene pendiente de cancelar operaciones de
tesorería que se han ido renovando conforme iban
cumpliéndose los plazos para cancelarlas. En el Presupuesto del 2010 no
se contempla partida presupuestaria ninguna para proceder a su
cancelación.
- Operaciones de tesorería pendientes de: - Caja de Ahorros del Monte ..... 1.000.000 euros. - Banco Santander ................. 800.000 euros. - Caja de Granada ................ 2.194.000 euros. - Banco Santander ................ 1.200.000 euros. - Cajasol ........................... 1.250.000 euros. - Cajasol ............................ 450.000 euros. - TOTAL ............................ 6.894.000 euros. - COSTE INTERESES 2010 ......... 226.270 euros.
-
Las operaciones de tesorería están reguladas en RD 2/2004, de 5 de
marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
que establece en su art. 51: “Las entidades locales podrán concertar,
con cualesquiera entidades financieras, operaciones de tesorería para
cubrir déficit temporales de liquidez derivados de las diferencias de
vencimientos de sus pagos e ingresos, QUE NO EXCEDA DE UN AÑO”. Hay un
incumplimiento claro de este Ayuntamiento cuando las va renovando. -
Esta misma Ley establece en su art. 52. 2 La concertación o
modificación de cualesquiera operaciones deberá acordarse previo
informe de la Intervención en el que se analizará ESPECIALMENTE, LA
CAPACIDAD DE LA ENTIDAD LOCAL PARA HACER FRENTE, EN EL TIEMPO, A LAS
OBLIGACIONES QUE DE AQUÉLLAS SE DERIVEN PARA ÉSTA.
Si el
informe de Intervención estaba bien hecho, El Ayuntamiento tenía
capacidad económica para cancelar las operaciones de tesorería y no lo
hizo.
Por lo tanto estas operaciones de tesorería deben
figurar en el Presupuesto del 2010 para su cancelación, art. 170.2.b),
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, reclamaciones contra el
Presupuesto: por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de
obligaciones exigibles a la entidad local… Art. 165.a) Los
estados de gastos, en los que se incluirán, con la debida
especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de
las obligaciones.
SOLICITO: Tenga a bien admitir este
escrito como reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto
General del Ayuntamiento del 2010.
José
María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el
municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de
notificación en c/. Muralla, 4.
EXPONE: Que con
fecha 6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario por el
que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el
ejercicio 2010.
Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en
el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el
acuerdo de aprobación del Presupuesto General.
Entre la
documentación que ha aprobado, el citado acuerdo Plenario, no figura
como anexo al mismo SEDESA. Sociedad Ecijana para el desarrollo
económico S.A. Su presupuesto de capital, programa anual de
actuaciones, inversiones y financiación.
Que debe figurar
tal como lo estipula la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que nos
dice en su artículo 168. Procedimiento de elaboración y aprobación
inicial. Punto 3. Las sociedades mercantiles, incluso de aquéllas en
cuyo capital sea mayoritaria la participación de la entidad local,
remitirán a ésta, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los
programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el
ejercicio.
Así como también lo dice el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en su artículo 18.3. en los mismos términos.
Como lo indica en el Informe Aprobación Presupuesto 2010, emitido por el Sr. Interventor, punto 2.
Contenido del Presupuesto General: D) Se unirán como Anexos, en su
caso: los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de
las Sociedades Mercantiles de cuyo capital social sea titular único o
partícipe mayoritario la Entidad Local.
No entendemos como
en el Presupuesto de Ingresos del 2010, figura que SEDESA le va a
INGRESAR al Ayuntamiento 1.750.000 euros y en el Presupuesto de Gastos
el Ayuntamiento le hace una transferencia a SEDESA de 350.000 euros.
Esta evidente contradicción se podría aclarar con el Presupuesto de
SEDESA presentado.
SOLICITO: Tenga a bien admitir este
escrito como reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto
General del Ayuntamiento del 2010.
José
María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el
municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de
notificación en c/. Muralla, 4.
EXPONE: Que con
fecha 6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario por el
que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el
ejercicio 2010.
Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en
el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el
acuerdo de aprobación del Presupuesto General, por ser de manifiesta
insuficiencia los ingresos con relación a los gastos
presupuestados:
Partidas
de ingresos: Recaudación en
2009: Presupuesto de +
Rústica..................................
2.296.628
2.036.099 +260.529 IVTM.....................................
1.947.173
1.675.555 +271.618 Plusvalías................................
916.534
293.545 +622.989 Im.Cons.Ins.O.
........................
1.261.000
340.487 +920.513 Activi.Empre.
..........................
805.478
606.251 +199.227 Licencias Urb.
..........................
650.000
120.964 +529.036 Tasa residuos
construcción............. 50.000
8.901 +41.099 Puestos, barra.
.........................
155.000
122.133 +32.867 Multas circula.
..........................
250.000
162.961 +87.039 Otras multas
.............................
25.000
11.077 +13.923 Recargos apre.
..........................
200.000
155.862 +44.138
+3.022.978
TOTAL
Mención aparte hay que destacar dos partidas de ingresos: Concesiones
administrativas (servicio agua)… 650.000 euros, recaudado en 2009…. 0
euros, derechos reconocidos 52.474 euros. ¿Cómo puede ser esto?
Transferencia
de SEDESA……………. 1.750.000, una empresa que no presenta sus presupuestos
le va a dar al Ayuntamiento esta cantidad. Y el Ayuntamiento en el
Presupuesto de Gastos le da a SEDESA…. 350.000. ¿Cómo se explica esto?
SOLICITO:
Tenga a bien admitir este escrito como reclamación contra la aprobación
inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento del 2010.
Écija 10 y 12 de mayo de 2010.
Fdo.- José Mª García García.
VºBº El Coordinador Local. Fdo.- César Javier Martín López.
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA (SEVILLA).
A TODOS LOS PORTAVOCES DE LOS GRUPOS MUNICIPALES.
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Fecha: 17 Mayo 2010
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| Fuente: Unión Progreso y Democracia en el municipio de Écija |
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