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UPyD de Écija, presenta tres escritos sobre los presupuestos municipales 2010.

José María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de notificación en c/. Muralla, 4.

EXPONE:
Que con fecha  6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario por el que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el ejercicio 2010.

Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el acuerdo de aprobación del Presupuesto General.

1.- Que este Ayuntamiento tiene pendiente de cancelar  operaciones de tesorería   que se han ido renovando conforme iban cumpliéndose los plazos para cancelarlas. En el Presupuesto del 2010 no se contempla partida presupuestaria ninguna para proceder a su cancelación.

- Operaciones de tesorería pendientes de:
- Caja de Ahorros del Monte .....  1.000.000 euros.
- Banco Santander .................    800.000 euros.
- Caja de Granada ................  2.194.000 euros.
- Banco Santander ................  1.200.000 euros.
- Cajasol ...........................  1.250.000 euros.
- Cajasol ............................    450.000 euros.
- TOTAL ............................  6.894.000 euros.
- COSTE INTERESES 2010 .........    226.270 euros.

- Las operaciones de tesorería están reguladas en RD 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que establece en su art. 51: “Las entidades locales podrán concertar, con cualesquiera entidades financieras, operaciones de tesorería para cubrir déficit temporales de liquidez derivados de las diferencias de vencimientos de sus pagos e ingresos, QUE NO EXCEDA DE UN AÑO”. Hay un incumplimiento claro de este Ayuntamiento cuando las va renovando.
- Esta misma Ley establece en su art. 52. 2 La concertación o modificación de cualesquiera operaciones deberá acordarse previo informe de la Intervención en el que se analizará ESPECIALMENTE, LA CAPACIDAD DE LA ENTIDAD LOCAL PARA HACER FRENTE, EN EL TIEMPO, A LAS OBLIGACIONES QUE DE AQUÉLLAS SE DERIVEN PARA ÉSTA.

Si el informe de Intervención estaba bien hecho, El Ayuntamiento tenía capacidad económica para cancelar las operaciones de tesorería y no lo hizo.

Por lo tanto estas operaciones de tesorería deben figurar en el Presupuesto del 2010 para su cancelación, art. 170.2.b), Ley Reguladora de las Haciendas Locales, reclamaciones contra el Presupuesto: por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local…   Art. 165.a) Los estados de gastos, en los que se incluirán, con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones.

SOLICITO: Tenga a bien admitir este escrito como reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento del 2010.


José María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de notificación en c/. Muralla, 4.

EXPONE:
Que con fecha 6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario por el que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el ejercicio 2010.

Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el acuerdo de aprobación del Presupuesto General.

Entre la documentación que ha aprobado, el citado acuerdo Plenario, no figura como anexo al mismo SEDESA. Sociedad Ecijana para el desarrollo económico S.A. Su presupuesto de capital, programa anual de actuaciones, inversiones y financiación.

Que debe figurar tal como lo estipula la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que nos dice en su artículo 168. Procedimiento de elaboración y aprobación inicial. Punto 3. Las sociedades mercantiles, incluso de aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la entidad local, remitirán a ésta, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio.

Así como también lo dice el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en su artículo 18.3. en los mismos términos.

Como lo  indica en el Informe Aprobación Presupuesto 2010, emitido por el Sr. Interventor, punto
2. Contenido del Presupuesto General: D) Se unirán como Anexos, en su caso: los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las Sociedades Mercantiles de cuyo capital social sea titular único o partícipe mayoritario la Entidad Local.

No entendemos como en el Presupuesto de Ingresos del 2010, figura que SEDESA le va a INGRESAR al Ayuntamiento 1.750.000 euros y en el Presupuesto de Gastos el Ayuntamiento le hace una transferencia a SEDESA de 350.000 euros. Esta evidente contradicción se podría aclarar con el Presupuesto de SEDESA presentado.

SOLICITO: Tenga a bien admitir este escrito como reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento del 2010.


José María García García, como Portavoz de Unión Progreso y Democracia en el municipio de Écija, vecino de esta ciudad, con domicilio a efectos de notificación en c/. Muralla, 4.

EXPONE:
Que con fecha 6/05/2010 se ha publicado en el BOP, el acuerdo Plenario por el que se aprueba el Presupuesto General de este municipio para el ejercicio 2010.

Al amparo del art. 170. a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, presento la siguiente RECLAMACIÓN contra el acuerdo de aprobación del Presupuesto General, por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados: 

Partidas de ingresos:        Recaudación en 2009:          Presupuesto de +

Rústica.................................. 2.296.628          2.036.099   +260.529
IVTM..................................... 1.947.173          1.675.555   +271.618
Plusvalías................................   916.534            293.545   +622.989
Im.Cons.Ins.O. ........................ 1.261.000            340.487   +920.513
Activi.Empre.  ..........................   805.478            606.251   +199.227
Licencias Urb. ..........................   650.000            120.964   +529.036
Tasa residuos construcción.............    50.000               8.901    +41.099
Puestos, barra. .........................   155.000            122.133    +32.867
Multas circula. ..........................   250.000            162.961    +87.039
Otras multas .............................    25.000             11.077    +13.923
Recargos apre. ..........................   200.000           155.862    +44.138
                                                                                                 +3.022.978 TOTAL                 

Mención aparte hay que destacar dos partidas de ingresos:
Concesiones administrativas (servicio agua)… 650.000 euros, recaudado en 2009…. 0 euros, derechos reconocidos 52.474 euros. ¿Cómo puede ser esto?

Transferencia de SEDESA……………. 1.750.000, una empresa que no presenta sus presupuestos le va a dar al Ayuntamiento esta cantidad. Y el Ayuntamiento en el Presupuesto de Gastos le da a SEDESA…. 350.000. ¿Cómo se explica esto?

SOLICITO: Tenga a bien admitir este escrito como reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento del 2010.


Écija 10 y 12 de mayo de 2010.

Fdo.- José Mª García García.


VºBº El Coordinador Local.
Fdo.- César Javier Martín López.


SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA (SEVILLA).

A TODOS LOS PORTAVOCES DE LOS GRUPOS MUNICIPALES.

Fecha: 17 Mayo 2010
Fuente: Unión Progreso y Democracia en el municipio de Écija

 
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