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La prueba del ADN, da la razón a un vecino de Écija.

La demanda se presentó en 2003 y en febrero de 2009 se produjo la exhumación del cadáver que llevaba enterrado más de 15 años, para determinar la filiación.

El abogado del demandante Fernando Osuna, manifestaba que “ahora el juzgado, tras esta prueba tan contundente, tiene que dictar sentencia. Los márgenes de error de la prueba científica son prácticamente nulos en este caso, según el instituto de toxicología, que acaba de terminar los estudios encomendados por el juzgado”.

Tras muchas vicisitudes y retrasos, un juzgado de Sevilla, en un proceso civil, no penal, acordó dirigirse al juzgado de Écija (Sevilla) a fin de que por el médico forense se exhume el cadáver de la persona que falleció hace 15 años aproximadamente. Una vez exhumado el cuerpo, se tomaron muestras de él y se enviaron al instituto de toxicología para determinar la paternidad que se debate en el litigio. El demandante es un supuesto hijo fruto de una relación fuera del matrimonio.

La viuda del fallecido, con más de 80 años, se había opuesto a la exhumación y recurrió la decisión judicial, si bien había sido rechazada. Con anterioridad se había pronunciado el fiscal en tal sentido.

El demandante de la filiación es un varón, vive actualmente en Écija, casado, tiene 68 años y con escasos medios de vida.

Su padre murió hace 4 años, era un labrador con muchas tierras y gran capital, se negó a reconocerlo como hijo y a ayudarle económicamente, pese a los continuos ruegos de quien va a demostrar que es su hijo.

La persona en cuestión nació fruto de las relaciones habidas entre el que fue su padre y una persona que trabajaba para él en su casa.

Toda la herencia, aproximadamente diez millones de euros la tiene su hermana de padre y se niega a compartirla con él, a pesar de las muchas peticiones realizadas por éste frente a aquella.

Se ha comprobado que al menos hay una valiosa finca rústica en las proximidades de Écija, 2 pisos en Sevilla, otros 2 pisos en Matalascañas, y varias cuentas corrientes. Esto es lo que ha aparecido en la averiguación patrimonial que se ha llevado a cabo judicialmente. Según el abogado, es posible que haya más patrimonio, pero puede ser que esté oculto.

El padre del demandante hizo 5 testamentos desde 1993 a 2001, en ninguno de ellos dejó bienes a su hijo extramatrimonial.

Después de la entrada en vigor de la constitución y de las normas reformadas del código civil, adaptadas a la magna carta, no se puede discriminar, a efectos hereditarios, a los hijos, según se hayan concebido o no fuera del matrimonio.

La hermana del reclamante no ha comparecido en el pleito y la han declarado en rebeldía.

Otra peculiaridad de este insólito supuesto es que la exhumación del cadáver es con respecto al tío del reclamante, que fue enterrado hace aproximadamente 15 años. El presunto padre fue incinerado y no sería posible la realización de la prueba biológica para ver si tiene la misma sangre que quien reclama esa filiación.

Fecha: 22 Junio 2010
Fuente: Écija Difusión Digital vía Andalucía Información

 
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