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El Ayuntamiento no cumple la condena de pagar a una empresa 7.303 euros del año 1999.

La empresa sevillana «Andaluza de Productos Médicos» ha denunciado que el Ayuntamiento de Écija le debe una factura del año 1999 por importe de 7.303,46 euros que con los intereses se han convertido en 20.000. Y no se la paga, a pesar de que la Justicia le ha dado la razón a la demandante y ha requerido a la Administración en reiteradas ocasiones para que abone el dinero.

La empresa demandó en noviembre de 2006 al Hospital de San Sebastián de Ecija por el impago de dichas facturas que se remontan a 1999. El juzgado de lo contencioso- administrativo número 7 de Sevilla dictó sentencia el 13 de mayo de 2008 condenando al centro sanitario al pago de 7.3030, 46 euros y, cuando notificó la sentencia al Ayuntamiento, éste se personó y dijo que no podía cumplir al no haber sido parte demandada puesto que el hospital se había extinguido como organismo autónomo local el 1 de enero de 2007 para integrarse en el sistema sanitario andaluz. Sin embargo acompañó un convenio entre el Ayuntamiento y la Consejería de Salud por el que la propia entidad local se hace responsable de los pagos por deudas generadas antes del 1 de enero de 2007.

«Subterfugios»
«Trató con ello -dicen fuentes de la empresa- de buscar un subterfugio para dejar de pagar a los proveedores cuando, en realidad, ya conocía la existencia de la deuda y el pleito iniciado y, aún así, no notificó el cambio operado a los acreedores».

Pero, el juzgado desestimó la pretensión del Ayuntamiento el 28 de mayo de 2008 y le ordenó tener por notificada la sentencia a la Administración demandada. Le dio dos meses, pero como no contestó, el 11 de septiembre el acreedor volvió a pedir la ejecución solicitando el embargo de cantidades de una y otra Administración (Servicio Andaluz de Salud y Ayuntamiento de Écija) y una averiguación patrimonial de las cuentas bancarias del citado hospital.

El juzgado denegó esta solicitud y le ofreció al Consistorio diez días para que dijera qué hacía para cumplir la sentencia. No hubo respuesta y la empresa volvió a reiterar la petición anterior al juzgado que requirió nuevamente al Ayuntamiento con un plazo, otra vez, de diez días.

El 16 de octubre de 2008 el juzgado desestimó la pretensión de la empresa de embargar hasta que no se cumpliera el plazo dado a la Administración, resolución que le es notificada al demandante el día 28 de ese mes, fecha en la que ya había transcurrido el segundo plazo de diez días que se le había dado al Ayuntamiento.

El 5 de noviembre la empresa recibe notificación de un escrito del Ayuntamiento en el que el único documento que incorpora es un «supuesto reconocimiento de obligación».

Dado que «ni el Ayuntamiento paga ni el juzgado toma decisión alguna», la empresa presentó el 7 de noviembre otro escrito reiterando las anteriores peticiones que encuentran mutismo absolutopor parte del juzgado. El 11 de diciembre insistió y entonces sí recibió respuesta: se le deniega el embargo de los fondos remitidos por el SAS al ser públicos y se acuerda requerir al Ayuntamiento para que en 20 días remita al juzgado un listado completo de bienes no afectos a uso o servicio público al, objeto de «en su caso», de proceder a su embargo.

El Ayuntamiento contestó con una lista de numerosas fincas pero dijo que el inventario era de hace tres años y, por lo tanto, algunas podían no tener la clasificación que se les da. La empresa fue al Registro de la Propiedad y detectó una serie de fincas del Ayuntamiento que, a pesar de estar así inscritas, la corporación ya había transmitido con anterioridad.
Dinero de la Diputación

El pasado mes de abril fue la última solicitud de la empresa al juzgado pidiendo un embargo que fue denegado y una certificación de la titularidad de tres fincas, para lo que eso sí, le concedió 30 días hábiles con el objeto de que aportara el informe.

Esta empresa pregunta dónde están los 34 millones de euros que la Diputación ha librado a los ayuntamientos para el pago de las deudas atrasadas y las políticas de fomento, ahora tan necesarias, de las pequeñas y medianas empresas andaluzas de la Administración, cuando es ella la primera que no paga a sus proveedores.
Fecha: 31/05/2009
Fuente: ABC - AMALIA F. LÉRIDA
 

 
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