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Pelea legal por el control de la televisión municipal de Écija.
La
entrada en vigor de los nuevos estatutos de la televisión municipal de
Écija está pendiente de la suspensión cautelar de los mismos solicitada
por la Junta de Andalucía, que pide que el nuevo articulado no sea
efectivo hasta que no se resuelva el contencioso sobre la supuesta
ilegalidad de la norma.
Para la Consejería de Presidencia,
que es la que interpone el recurso contencioso administrativo, la
reforma de los estatutos aprobada por el pleno del Ayuntamiento “supone
alterar de forma sustancial el regimen anterior” e implica “la
independización del Ente público del control efectivo de la corporación
local”, una circunstancia que, para la Junta, “resulta inadmisible
habida cuenta que este tipo de entes instrumentales dependen
directamente de la administración competente”.
Para la
Junta, además, la reforma de los estatutos de la empresa que gesteiona
la televisión pública de Écija infringe “frontalmente” las normas
preceptivas sobre la forma de actuación de los órganos colegiados,
respecto del presidente y del consejo de administración de la entidad,
y entiende que “la corporación no podría revisar y suspender los
acuerdos del ente” incluso aunque fueran ilegales o arbitrarios.
La
suspensión cautelar de los nuevos estatutos se pide, por tanto, para
que no entre en vigor una norma que la Junta considera contraria al
ordenamiento. “Pocos fines alcanzaría una sentencia que declarase
ilegal este acuerdo y ya se hubiesen producido actuaciones ilegales,
sin posibilidad de que el Ayuntamiento las hubiera podido suspender”,
concluye la demanda.
La petición de suspensión cautelar es
desestimada por un informe de los servicios jurídicos municipales, que
argumentan que la demanda se basa en valoraciones sin aportar pruebas
ni acreditar “qué daños y perjuicios de difícil o imposible reparación
concurren para acordar la suspensión”.
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Fecha: 23/05/2008 |
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Fuente: EL CORREO DE ANDALUCÍA - Manuel Rodríguez |
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