
| Fuente: DIARIO DE
SEVILLA |
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Condena
de un año de cárcel por un brote de
tuberculosis.
Un Juzgado de Sevilla ha condenado a dos
responsables de una empresa lechera de Écija por
un brote de tuberculosis que hace 11 años
afectó a un centenar de personas de la comarca
astigitana.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 11
ha condenado a E. C. M., presidente de la extinta
cooperativa ganadera de la localidad (Coega) a un
año y tres meses de prisión por un delito
contra la salud pública, en concurso ideal con
una veintena de delitos de lesiones, en relación
a los afectados que finalmente continuaron las
acciones legales. Este acusado deberá hacer
frente igualmente al pago de casi 300.000 euros
por las lesiones y secuelas ocasionadas.
La resolución también ha condenado a M. G. R.,
un empleado de la cooperativa, a seis meses de
cárcel. El juez ha aplicado la circunstancia
atenuante de dilaciones indebidas, por el
excesivo tiempo que ha transcurrido hasta que el
caso ha llegado a juicio.
El juez ha considerado como probado que el día 1
de agosto de 1994 se detectó un positivo por
fosfatasa en uno de los análisis efectuados a la
leche envasada. El fallo considera que el
positivo por fosfatasa revelaba una deficiente
pasteurización de la leche y, por consiguiente,
fue el detonante del brote de tuberculosis que
afectó a la comarca de Écija.
Durante la vista oral el debate jurídico se
centró en torno a las posibles causas del
contagio, entre las que se apuntó como
hipótesis más probable que la leche cruda se
mezclara con la pasteurizada antes del envasado
por un mal funcionamiento de una de las válvulas
de la maquinaria empleada para destruir los
microorganismos de la leche. Con independencia de
las causas de la contaminación, el juez estima
que lo importante es que la leche fuese
finalmente distribuida a los consumidores.
La sentencia considera acreditado que el entonces
presidente de la cooperativa dio órdenes al
empleado para que retiraran las bolsas de leche y
procedieran a su repasteurización, pero añade
que no comprobó que su decisión fuese ejecutada
por el trabajador. El brote provocó lesiones y
secuelas a unas 90 personas, que desarrollaron
una adenitis cervical tuberculosa, provocada por
la mycobaterium bovis.
El abogado Juan Manuel González, que representa
a una parte de las víctimas, mostró su
satisfacción por una sentencia que, según dijo,
"ha hecho justicia después de dos archivos
de la causa y de que el fiscal no presentara
cargos" contra las dos personas que ahora
han sido finalmente condenadas. |