Fecha: 18/06/2004 Fuente: ABC

La Audiencia absuelve de delito de quiebra fraudulenta al ex secretario del PSOE local.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto de un delito de quiebra fraudulenta de la empresa municipal de comunicación de Écija Astitel-Emcomsa al antiguo secretario general de la Agrupación Local del PSOE, y antiguo teniente de Alcalde del Ayuntamiento, Manuel Castilla Villasanta, actual presidente del Partido Socialista Ecijano Independiente (PSEI).

La sentencia dada a conocer ayer por letrado de la defensa, Servando Meana Pérez, fue dictada con fecha 31 de mayo de 2004 una Sentencia y absuelve a Castilla, único acusado al haber fallecido el presidente de la empresa y anterior alcalde socialista de Écija, Fernando Martínez Ramos.

Según explicó Servando Meana la sentencia ha dejado claro que cuando en las elecciones municipales de 1995 el PA. consiguió el poder municipal en Ecija, este nuevo equipo de gobierno, dirigido por el ex alcalde Julián Álvarez, decidió, en vez de disolver la empresa o reflotarla, declararla en quiebra, provocando de esta forma una situación jurídica comprometida a sus rivales políticos.

Lo novedoso de la sentencia, según el letrado, radica «en que se ha juzgado no a una empresa privada, sino a una empresa pública». En este sentido destacó que se ha juzgado la quiebra de una empresa pública, Emcomsa, cuyo titular es el Ayuntamiento de Ecija, cuyo capital es íntegramente del Ayuntamiento, cuyo Consejo de Administración esta formado por el propio consistorio municipal, por todos sus concejales y cuyo Presidente del Consejo de Administración es el propio Alcalde.

Servando Meana explicó que la existencia de pérdidas en una empresa pública, en este caso local, «era una situación derivada de la política que la Corporación marcó en esas fechas y que consideró prioritario el prestar un servicio concreto a los ciudadanos de su ámbito», tal y como figuraba en su objeto social, antes que obtener buenos resultados económicos.

La sentencia acoge la tesis de la defensa y manifiesta que Manuel Castilla «era el responsable político de la sociedad, y no llevaba directamente ni la gestión ni la contabilidad de la empresa, para lo que existía un gerente».

Sin perjuicios a terceros

La argumentación jurídica contempla que «no existió ni malicia ni perjuicio a terceros en la actuación de Manuel Castilla ni tampoco actividad defraudatoria alguna por su parte», por lo que absuelve del delito que se le imputaba, poniendo de esta forma fin a un litigio intensamente politizado que ha pesado sobre la vida política municipal durante más de diez años.

El delito que se imputaba al ex secretario local del PSOE es el contemplado en el artículo 260 del Código Penal, que prevé penas de dos a seis años de privación de libertad para el quebrado que cause o agrave dolosamente -maliciosamente y a sabiendas- la situación de crisis económica o la insolvencia que da origen a la quiebra.

Tras conocer la sentencia absolutoria el presidente de los socialistas independientes, rama escindida del PSOE, ha rehusado valorar «de momento» la sentencia aunque ha avanzado que lo hará «en términos políticos» en los próximos días una vez la examine detenidamente.