| Fecha: 18/06/2004 |
Fuente: ABC |
La Audiencia absuelve de delito de quiebra
fraudulenta al ex secretario del PSOE local.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de
Sevilla ha absuelto de un delito de quiebra
fraudulenta de la empresa municipal de comunicación
de Écija Astitel-Emcomsa al antiguo secretario
general de la Agrupación Local del PSOE, y
antiguo teniente de Alcalde del Ayuntamiento,
Manuel Castilla Villasanta, actual presidente del
Partido Socialista Ecijano Independiente (PSEI).
La sentencia dada a conocer ayer por letrado de
la defensa, Servando Meana Pérez, fue dictada
con fecha 31 de mayo de 2004 una Sentencia y
absuelve a Castilla, único acusado al haber
fallecido el presidente de la empresa y anterior
alcalde socialista de Écija, Fernando Martínez
Ramos.
Según explicó Servando Meana la sentencia ha
dejado claro que cuando en las elecciones
municipales de 1995 el PA. consiguió el poder
municipal en Ecija, este nuevo equipo de
gobierno, dirigido por el ex alcalde Julián Álvarez,
decidió, en vez de disolver la empresa o
reflotarla, declararla en quiebra, provocando de
esta forma una situación jurídica comprometida
a sus rivales políticos.
Lo novedoso de la sentencia, según el letrado,
radica «en que se ha juzgado no a una empresa
privada, sino a una empresa pública». En este
sentido destacó que se ha juzgado la quiebra de
una empresa pública, Emcomsa, cuyo titular es el
Ayuntamiento de Ecija, cuyo capital es íntegramente
del Ayuntamiento, cuyo Consejo de Administración
esta formado por el propio consistorio municipal,
por todos sus concejales y cuyo Presidente del
Consejo de Administración es el propio Alcalde.
Servando Meana explicó que la existencia de pérdidas
en una empresa pública, en este caso local, «era
una situación derivada de la política que la
Corporación marcó en esas fechas y que consideró
prioritario el prestar un servicio concreto a los
ciudadanos de su ámbito», tal y como figuraba
en su objeto social, antes que obtener buenos
resultados económicos.
La sentencia acoge la tesis de la defensa y
manifiesta que Manuel Castilla «era el
responsable político de la sociedad, y no
llevaba directamente ni la gestión ni la
contabilidad de la empresa, para lo que existía
un gerente».
Sin perjuicios a terceros
La argumentación jurídica contempla que «no
existió ni malicia ni perjuicio a terceros en la
actuación de Manuel Castilla ni tampoco
actividad defraudatoria alguna por su parte»,
por lo que absuelve del delito que se le
imputaba, poniendo de esta forma fin a un litigio
intensamente politizado que ha pesado sobre la
vida política municipal durante más de diez años.
El delito que se imputaba al ex secretario local
del PSOE es el contemplado en el artículo 260
del Código Penal, que prevé penas de dos a seis
años de privación de libertad para el quebrado
que cause o agrave dolosamente -maliciosamente y
a sabiendas- la situación de crisis económica o
la insolvencia que da origen a la quiebra.
Tras conocer la sentencia absolutoria el
presidente de los socialistas independientes,
rama escindida del PSOE, ha rehusado valorar «de
momento» la sentencia aunque ha avanzado que lo
hará «en términos políticos» en los próximos
días una vez la examine detenidamente. |
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